¿Cuál es la velocidad máxima de circulación en zonas rurales para vehículos de carga superior a 3.860 kilogramos?
Cuando no exista peligro, los límites de velocidad son:
En zonas urbanas
Vehículos de menos de 3.860 kg de peso bruto vehicular y motocicletas. 50 km/h
Vehículos con más de 17 asientos, incluido el conductor, buses, camiones de 3.860 kg (o más) de peso bruto vehicular y vehículos de transporte escolar. 50 km/h
En zonas rurales
Los buses, los camiones de 3.860 kg (o más) y los vehículos de transporte escolar. 90 km/h
Los buses interurbanos. 100 km/hora
Vehículos livianos: En caminos con una pista de circulación en cada sentido. 100 km/hora
Vehículos livianos: En caminos con dos o más pistas de circulación en el mismo sentido. 120 km/hora
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