¿Cuántas horas como mínimo, debe descansar un conductor de un bus interurbano cada 24 horas?

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Pregunta del examen de clase A3

Explicación

Los conductores de servicios de locomoción colectiva interurbana de transporte de pasajeros deben tener en cuenta la siguiente normativa laboral:

  • No pueden trabajar más de 180 horas mensuales.
  • Los tiempos de descanso y las esperas entre turnos sin realizar labor no se imputan a la jornada.
  • Cada 24 horas deben tener un descanso mínimo de 8 horas.
  • Cuando lleguen a un terminal después de cumplir una jornada de 8 o más horas, deben tener un descanso mínimo de 8 horas.
  • En ningún caso el conductor puede manejar más de 5 horas continuas. Después de ese período de conducción debe tener un descanso mínimo de dos horas.
  • Si el descanso se realiza total o parcialmente a bordo del vehículo, debe contar con una litera adecuada para el descanso.

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