En un siniestro, el sólo hecho de la infracción no determina necesariamente:

Pregunta del examen de clase B

Explicación

La Ley de transito 18.290 en su Artículo 171 nos indica, que el mero hecho de la infracción no determina necesariamente la responsabilidad civil del infractor, si no existe relación de causa a efecto entre la infracción y el daño producido por el accidente.

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