Los taxis Ejecutivos deben tener una antigüedad máxima de 10 años para vehículos de una cilindrada igual o mayor a los 2,0 litros.

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El Libro del Conductor Profesional señala que los taxis ejecutivos tienen limitaciones de antigüedad máxima para poder operar, las cuales varían según la cilindrada del motor:

  • Hasta 8 años de antigüedad cuando el motor tiene una cilindrada menor a 2,0 litros.
  • Hasta 10 años de antigüedad cuando el motor tiene una cilindrada igual o superior a 2,0 litros.

Sin embargo, la normativa establece una excepción importante: no se aplica restricción de antigüedad a los vehículos que operan con gas natural, gas licuado de petróleo, eléctricos puros o híbridos. Esta excepción busca incentivar el uso de tecnologías menos contaminantes y apoyar la modernización del parque automotor destinado al transporte remunerado de pasajeros.

En conclusión, los taxis ejecutivos deben cumplir con un límite de antigüedad de 8 o 10 años según su cilindrada, salvo que sean vehículos a gas, eléctricos o híbridos, en cuyo caso están exentos de esta restricción.

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