Los taxis Ejecutivos deben tener una antigüedad máxima de 10 años para vehículos de una cilindrada igual o mayor a los 2,0 litros.
Los taxis Ejecutivos deben tener una antigüedad máxima de 8 años cuando su motor sea de menos de 2,0 litros de cilindrada y de 10 años para vehículos de una cilindrada igual o mayor a los 2,0 litros.
La restricción de antigüedad no es aplicable a los vehículos que operan con gas natural, gas licuado de petróleo, vehículos eléctricos puros o híbridos.
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