Los vehículos Hechizos, ¿pueden transportar sustancias peligrosas?
Los vehículos que transporten cargas peligrosas deben tener las siguientes características:
Antigüedad máxima de 15 años.
No pueden ser vehículos hechizos.
Deben tener tacógrafo u otro dispositivo electrónico que registre, como mínimo la velocidad y distancia recorrida. Estos registros deben estar en poder del transportista durante un período de 30 días.
Este requisito no es obligatorio cuando los vehículos estén destinados a la distribución domiciliario de cilindros de gas licuado de petróleo.
Deben contar con un sistema de radiocomunicaciones o portar un aparato de telefonía móvil celular de cobertura nacional.
Deben portar los rótulos a que se refiere la norma chilena NCh 2190, debiendo éstos ser visibles por personas situadas al frente, atrás o a los costados de los vehículos.
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