Ningún vehículo puede ser conducido marcha atrás, a menos que:

La maniobra de marcha atrás está prohibida, excepto que sea indispensable para mantener la libre circulación, para incorporarse al tránsito o para estacionar el vehículo.

En los cruces no se puede realizar la maniobra de marcha atrás excepto por indicación expresa de un Carabinero.

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