Tema 2: Normativa vigente sobre el uso de infraestructura vial
En esta unidad aprenderemos:
En este tema trataremos cuál es el correcto uso de la vía pública para los taxis, qué velocidades máximas no deberán sobrepasar y qué maniobras tendrán permitidas sus conductores, así como la documentación obligatoria que deberán portar en el vehículo. También estudiaremos qué uso de las luces deben hacer los conductores de taxi y pesos y dimensiones máximas para los vehículos a los que autoriza la licencia clase A2.
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Índice de contenido
- 2.1 Utilización de la Vía
- 2.2 Circulación en Rotondas
- 2.3 La Velocidad
- 2.4 Distancia entre Vehículos
- 2.5 Maniobras
- 2.6 Derecho Preferente de Paso
- 2.7 Vehículos de Emergencia
- 2.8 Pistas de Emergencia y Restricciones
- 2.9 Los Peatones
- 2.10 Documentación Obligatoria del Vehículo
- 2.11 Luces y Señales
2.1 Utilización de la Vía
En vías públicas se debe circular por la mitad derecha de la calzada. Los conductores deben respetar la señalización que designa la dirección a seguir en cada pista.
Excepciones a circular por la derecha
Al adelantar o sobrepasar a otro vehículo en el mismo sentido.
Cuando el tránsito por la derecha no sea posible por obstáculos.
En vía urbana cuando la calzada es de un solo sentido.
| Situación | Regla clave |
|---|---|
| Vía de doble sentido | No pasar sobre el eje de la calzada. Dejar la mayor distancia posible entre vehículos que se cruzan. |
| Calzada con 2 o más pistas | Solo una fila de vehículos por pista. Debe estar completamente dentro del espacio demarcado. |
| Doble sentido con 3 pistas | Circular por la derecha, excepto para adelantar, virar a la izquierda, o cuando la pista esté señalizada. |
| Calzadas separadas por espacio central | Solo por la calzada de la derecha. En ningún caso por el espacio de separación. |
2.2 Circulación en Rotondas
En rotondas se debe circular por la parte derecha, dejando el centro a la izquierda, excepto que la señalización indique lo contrario.
2.3 La Velocidad
No se puede conducir a velocidad mayor de la razonable y prudente. Debe adaptarse a las condiciones del momento: señalización, clima, estado de la vía, factores del conductor y tránsito.
| Tipo de vehículo | Zona Urbana | Zona Rural |
|---|---|---|
| Vehículos livianos (<3.860 kg) y motocicletas | 50 km/h | 100–120 km/h |
| Buses interurbanos | 50 km/h | 100 km/h |
| Buses (+17 asientos), camiones (≥3.860 kg) y transporte escolar | 50 km/h | 90 km/h |
| Zona escolar (entrada/salida alumnos) | 30 km/h | |
2.4 Distancia entre Vehículos
El conductor debe mantener con el vehículo que circula delante una distancia razonable y prudente que le permita detenerse ante cualquier emergencia, considerando la velocidad y las condiciones de adherencia y frenado.
Cuando un vehículo circule detrás de otro y ambos deban ir por la derecha, la distancia debe ser suficiente para que cualquier otro vehículo pueda adelantarlo sin peligro.
2.5 Maniobras
2.5.1 Señalización de Maniobras
Las maniobras se indican con los intermitentes eléctricos. También pueden señalizarse con el brazo por el lado izquierdo:
Viraje a la izquierda: brazo extendido horizontalmente.
Viraje a la derecha: brazo en ángulo recto hacia arriba.
Disminución de velocidad o detención: brazo extendido hacia abajo.
2.5.2 Cambio de Pista
Debe señalizarse con anticipación mediante intermitentes o con el brazo. Solo efectuar la maniobra si no obstaculiza la circulación en la pista de destino.
2.5.3 Adelantamiento y Sobrepaso
Adelantamiento
El vehículo se sitúa delante de otro ocupando el lado izquierdo del eje de la calzada.
Sobrepaso
Se pasa a otro vehículo sin traspasar el eje de la calzada.
Está Prohibido Adelantar:
| Lugar / Situación | Detalle |
|---|---|
| Señalización o demarcación lo prohíbe | Respetar siempre la señal. |
| Puente, viaducto, túnel o cruce ferroviario | Ni al atravesarlos ni a menos de 200 metros. |
| Cima de cuesta o curva | Sin visibilidad suficiente. |
| Paso peatonal o cruce no regulado | Excepto en cruces regulados. |
Sobrepaso por la derecha: permitido cuando...
- El vehículo sobrepasado va a virar a la izquierda.
- En vías urbanas con 3 o más pistas en el mismo sentido.
- A ciclos cuando hay vía exclusiva de buses, guardando 1,5 metros de distancia lateral mínima.
Ciclos, motos y motonetas
Pueden sobrepasar por la misma pista a vehículos detenidos, por cualquier costado, para alcanzar la línea de detención. Deben hacerlo a velocidad moderada.
2.5.4 Viraje
Viraje a la derecha
Desde el lado derecho, lo más cerca del borde. Si hay ciclovía, cerca del elemento segregado.
Viraje a la izquierda
- Doble sentido → doble sentido: aproximarse al lado derecho del eje; tras la intersección, entrar por el lado derecho del eje.
- Doble sentido → un sentido: aproximarse al lado derecho del eje; entrar por la pista más próxima al viraje.
- Un sentido → doble sentido: entrar tomando el costado derecho del eje.
Viraje en U
Prohibido:
- Donde la señalización lo prohíba.
- En intersecciones de calles y caminos.
- A menos de 200 metros de curvas, cimas, cruces ferroviarios, puentes, viaductos y túneles.
2.5.5 Detención y Estacionamiento
| Tipo | Definición | Reglas clave |
|---|---|---|
| Detención | Paralización breve para recibir o dejar pasajeros. | Solo mientras dure la maniobra. Preferir puntos autorizados y seguros. |
| Estacionamiento | Paralización por un período mayor al de la detención. | Siempre en el lado derecho de la calzada. En el izquierdo solo con señalización que lo autorice. |
Normas de Estacionamiento
Posición y distancias
- En paralelo con ruedas a menos de 30 cm de la cuneta derecha.
- Dejar 60 cm entre vehículos estacionados.
- Detener el motor y dejar el vehículo debidamente frenado.
- En vías inclinadas: ruedas hacia la cuneta (bajada) o hacia la calzada (subida).
Distancias mínimas obligatorias
- 5 m de grifos para incendio.
- 10 m de entrada a cuarteles de bombas, postas u hospitales.
- 10 m de una esquina.
- 20 m de cruces ferroviarios a nivel.
- 20 m de señales de parada de locomoción colectiva.
- 3 m de puertas de iglesias, colegios, hoteles (en horario de público).
- 10 m de señal PARE, CEDA EL PASO o de peligro.
- 15 m de la puerta de recintos militares o policiales.
2.6 Derecho Preferente de Paso
| Situación | ¿Quién tiene preferencia? |
|---|---|
| Cruce no regulado | El vehículo que se acerca desde la derecha. |
| Cruce regulado (semáforo o Carabinero) | Según la señal. La preferencia de la derecha no aplica. |
| Señal PARE | Detener completamente el vehículo. Ceder el paso a los que circulan por la otra vía. |
| Señal CEDA EL PASO | Reducir velocidad hasta detenerse si hay riesgo de siniestro. Ceder el paso. |
| Camino pavimentado vs. no pavimentado (rural) | Vehículos en camino pavimentado tienen preferencia sobre vía secundaria sin pavimentar. |
| Rotonda | Vehículos que ya circulan dentro tienen preferencia sobre quienes quieren entrar. |
| Incorporación desde vía privada | Quien se incorpora debe ceder el paso a vehículos y peatones en circulación. |
2.7 Vehículos de Emergencia
El vehículo de emergencia debe:
- Usar señales audibles y visuales solo en caso de urgencia.
- Conducir sin peligro para los demás usuarios.
- Al aproximarse a cruce sin prioridad: reducir velocidad y cruzar solo cuando los demás hayan cedido el paso.
- Puede estacionarse o detenerse en lugares prohibidos.
El resto de los conductores debe:
- En el mismo sentido: apartarse hacia el lado desocupado y detenerse si es necesario.
- Al aproximarse a un cruce al que también llega el vehículo de emergencia: detenerse y ceder el paso.
2.8 Pistas de Emergencia y Restricciones
Pistas de emergencia
En vías con grandes pendientes descendentes. Pista paralela con grava suelta que disminuye progresivamente la velocidad. Solo para fallas del sistema de frenos.
Vehículos "hechizos"
Vehículos armados con partes y piezas usadas. Tienen prohibida la circulación por carreteras de alta intensidad de tránsito como la Ruta 5, Ruta 68 (Santiago-Valparaíso) y Ruta 148 (Concepción-Bulnes).
2.9 Los Peatones
Obligaciones
- Circular por aceras. Sin acera, por la berma del costado izquierdo enfrentando el tránsito.
- Cruzar por pasos peatonales o a desnivel.
- No cruzar en diagonal ni por el área de intersección.
- Respetar señales de Carabineros o semáforos.
- No subir ni bajar de vehículos en movimiento ni por el lado de la calzada.
Derechos y preferencias
- En pasos peatonales: derecho preferente sobre los vehículos que viren.
- En pasos no regulados: preferencia, pero no pueden bajar repentinamente ni cruzar corriendo.
- Si iniciaron el cruce reglamentariamente, pueden continuarlo aunque cambie la señal.
- Respetar la preferencia de vehículos de emergencia con señales activadas.
2.10 Documentación Obligatoria del Vehículo
Placa Patente Única
Única y definitiva. Se obtiene en el Registro Civil al inscribir el vehículo.
Exentos:
- Vehículos nuevos tramitando patente (máx. 5 días).
- Vehículos extranjeros en tránsito temporal.
- Vehículos de FF.AA. y Carabineros.
Permiso de Circulación
Impuesto anual. Plazos:
- Automóviles: 1 feb → 31 mar.
- Taxis y buses: hasta 31 may.
- Carga, motos, motonetas: hasta 30 sep.
Exentos: FF.AA. (uso militar), Bomberos y misiones diplomáticas.
Revisión Técnica
Comprueba condiciones de seguridad del vehículo. Cada 6 meses para vehículos de transporte de personas (+9 asientos), carga (+1.750 kg), taxis y transporte escolar.
Si el transporte público urbano tiene 20+ años o taxis con 13+ años: revisión cada 4 meses.
SOAP
Seguro Obligatorio de Accidentes Personales. Cubre: muerte, lesiones corporales y gastos médicos del conductor, pasajeros y cualquier afectado. Renovación anual.
2.11 Luces y Señales
Equipamiento Obligatorio de Luces
| Parte del vehículo | Luces requeridas |
|---|---|
| Delantera | 2 focos luz baja, 2 focos luz alta, 2 luces de estacionamiento, 2 destellantes de viraje. |
| Trasera | 2 luces de estacionamiento, 2 destellantes de viraje, 2 luces de freno, 2 de retroceso (blancas), 2 rojas fijas, luz de placa patente. |
| Tercera luz de freno | Automóviles, station wagons, camionetas, furgones, taxis y vehículos de transporte escolar: tercera luz de freno central en posición elevada en la parte trasera. |
| Vehículos ≥2 m de ancho | 2 luces amarillas delante y 2 rojas atrás en los extremos superiores de la carrocería. |
¿Cuándo Usar las Luces?
Desde media hora después de la puesta del sol hasta media hora antes de su salida.
Cuando las condiciones lo aconsejen: niebla, lluvia, nieve.
Al circular por vías interurbanas.
| Tipo de vía | Luces a usar |
|---|---|
| Vías urbanas | Luz baja |
| Caminos y vías rurales | Luz alta |
| Al cruzarse con vehículo en sentido contrario | Bajar a luz baja a ≥200 m |
Adelantamientos nocturnos
Luces en curvas
- El que toma la curva a su derecha: es el primero en bajar las luces (su haz incide sobre el conductor contrario).
- El que toma la curva a su izquierda: puede retrasar el cambio (su haz se proyecta fuera de la calzada).
Señales Sonoras
Elementos Obligatorios del Vehículo
- Vidrios de seguridad con perfecta visibilidad.
- Limpiaparabrisas funcionales.
- Espejo interior regulable y espejos laterales externos.
- Velocímetro en funcionamiento.
- Extintor de incendios.
- Dispositivos de emergencia y rueda de repuesto con herramientas.
- Botiquín de primeros auxilios.
- Cinturones de seguridad cuando corresponda.
Normativa Aplicable
- DFL 1 – Texto Refundido de la Ley de Tránsito
- LEY 20.904 – Ley SRI: Sistemas de Retención Infantil
- LEY 20.770 – Ley Emilia
- LEY 20.580 – Ley Tolerancia Cero
- LEY 19.925 – Nueva Ley de Alcoholes
- DECRETO 122 – Reglamento curso teórico-práctico Clases A-3 y A-5
- DECRETO 61 – Curso capacitación A-1 o A-2 antes del 8 de marzo de 1997
- DECRETO 164 – Chaleco de alta visibilidad
- DECRETO 237 – Servicios especiales de transporte de pasajeros
- RESOLUCIÓN 48 – Elementos de seguridad vehículos de pasajeros y comerciales