En esta unidad aprenderemos:
Conceptos básicos para la obtención de la licencia de conducción de la clase B. A través de una serie de definiciones básicas sobre reglas generales de la conducción, tipos de usuarios y documentación, elementos que componen la vía, su clasificación y demarcación, además de identificar zonas de conducción y su entorno, elementos y tipos de vehículos.
(Temario actualizado: agosto 2024, en base al Nuevo Libro para la Conducción en Chile)
En todo el mundo las reglas básicas para conducir vehículos ya seas principiante o profesional son las mismas y siempre debes tenerlas en cuenta, por ello las hemos titulado “Reglas de oro de la conducción”:
Persona Conductora: Persona que maneje, conduzca, o tenga el control de un vehículo motorizado que circule por la vía pública, que maneje o controle un vehículo remolcado por otro. También será aquél que dirija, maniobre, esté a cargo o maneje directamente cualquier otro vehículo, incluidos los animales de silla, de tiro y de arreo.
Peatón: Es la persona que se desplaza a pie por una vía pública.
Licencia de conductor: El documento que otorgan las autoridades competentes a las personas para que conduzcan un vehículo.
Permiso de Circulación: Es la documentación que entregan anualmente las municipalidades a las y los conductores que lo soliciten en su comuna, tiene una duración de un año de marzo a marzo y el costo varía según la tasación fiscal del vehículo.
Placa patente: Es el distinto que individualizará cada uno de los vehículos que circulen por las vías públicas.
Vía: Se trata de un camino, calle u otro lugar que se destina al tránsito.
Calzada: Parte de la vía destinada al uso exclusivo de vehículos y eventualmente vehículos de tracción animal.
Acera: Es la parte de la vía destinada al uso de los peatones, comúnmente llamada vereda.
Cuneta: Es el ángulo formado por la calzada y la acera (vereda) de las calles. En el caso de los caminos, se trata del foso lateral de poca profundidad.
Berma: Se trata de la faja lateral, adyacente a la calzada del camino que puede estar o no pavimentada. En la imagen ubica entre la línea continua y la barrera.
Calle o avenida: Vía de zona urbana, destinada a la circulación de peatones, animales y vehículos. La calle puede ser una vía más pequeña y la avenida una calle de gran tamaño que permite un gran tránsito de vehículos.
Camino: Es la vía rural destinada al uso de vehículos, animales y peatones.
Autopista: Esta vía tiene la función de permitir los largos desplazamientos. Contará con calzadas diferentes para cada sentido de circulación y estará siempre separada de zonas densamente pobladas. Incluyen peajes, es decir son de pago.
Autovía: Vía de similares características a la autopista, pero especialmente adaptada para zonas urbanas. Puede ser gratuita o de pago y no cuenta con asistencia.
Ciclovía o Ciclopista: Es el espacio que se destina al uso exclusivo de triciclos y bicicletas.
Vía exclusiva: Calzada destinada únicamente a la utilización de ciertos vehículos que la autoridad correspondiente determinará, y que en todo caso estará debidamente señalizada.
Pista de circulación: Se trata de una faja imaginaria o demarcada que se destina al tránsito de vehículos.
Pista de uso exclusivo: Es el espacio de la calzada destinado únicamente al uso de ciertos vehículos que la autoridad correspondiente determinará. Este espacio deberá estar siempre debidamente señalizado.
Cruce de Ferrocarriles: Intersección en un camino o calle con una vía férrea por la cual existe un tráfico regular de trenes.
Cruce regulado: Cruce que tiene un semáforo funcionando de manera regular, excluyendo la intermitencia, o cuando haya un Carabinero dirigiendo el tránsito.
Esquina: Es el vértice del ángulo que forman dos líneas de edificación o deslinde convergentes, según sea cada caso.
Intersección: Es el área común donde dos calzadas convergen o se cruzan.
Demarcación: Es el símbolo, marca o palabra, de preferencia longitudinal o transversal, que se encuentra pintado en la calzada para funcionar como guía del tránsito de peatones y vehículos.
Eje de calzada: Es la línea longitudinal respecto de la calzada, ya sea demarcada o imaginaria. Determinará los sentidos de circulación opuestos, y si no existe una demarcación, la división se realizará en dos partes iguales.
Línea de detención de vehículos: Es la línea situada de forma transversal a la calzada, ya sea demarcada o imaginaria, y situada antes de un paso peatonal o intersección. Nunca debe ser sobrepasada por lo vehículos que se detengan.
Paso para peatones: Es la senda de seguridad situada en la calzada y señalizada conforme al reglamento. En los cruces regulados no demarcados, será la franja formada por la prolongación imaginaria de una acera (vereda).
Zona rural: Es el área geográfica contraria a las zonas urbanas, alejada y destinada principalmente a la agricultura, ganadería y otras actividades que abastecen a las zonas urbanas.
Zona urbana: Se trata del área geográfica cuyos límites, a los efectos de la ley de tránsito, deberán estar señalizados y determinados por la autoridad competente.
Estacionamiento o Aparcamiento: Es el lugar en que la autoridad permite estacionar.
Rotonda: Es el área común donde convergen varias calles o avenidas y cuyo tránsito interno se desarrollará en forma circular.
Chasis: Es el armazón del vehículo que estará compuesto por las ruedas, el bastidor y la transmisión (Con o sin motor). Se excluyen del chasis la carrocería y los accesorios que se necesitan para acomodar a los pasajeros, a las y los conductor y a la carga.
Luces bajas: Son las luces proyectada por los focos de la parte delantera del vehículo y en las cuáles el borde superior del haz luminoso siempre será paralelo a la calzada. Su potencia permitirá visualizar correctamente obstáculos a una distancia superior a 50 metros.
Luces altas: Son las luces proyectadas por los focos situados en la parte delantera del vehículo de forma paralela a la calzada. Su potencia nos permitirá visualizar obstáculos a una distancia superior a los 150 metros.
Luz de estacionamiento: Se trata de una luz continua o intermitente que permitirá identificar nuestro vehículo cuando esté estacionado.
Vehículo: Medio de transporte mediante el cual todas las personas u objetos podrán ser transportados por una vía.
Automóvil: Es un vehículo a motor que debido a su equipo y diseño, está destinado al transporte de pasajeros y su equipaje principalmente. Podrá arrastrar un remolque.
Autobús o Bus: Es un vehículo a motor equipado y diseñado para el transporte de pasajeros y su equipaje. Tendrá 18 o más asientos incluyendo el de la o el conductor.
Minibús: Es un bus de un solo piso, y que cuenta con entre 12 y 17 asientos incluido el de la o el conductor.
Bus urbano: Se trata de un bus equipado y diseñado para prestar un servicio urbano. Tendrá asientos y también espacio para pasajeros que circulen de pie.
Bus interurbano: Se trata de un bus equipado y diseñado para prestar un servicio interurbano. Tendrá asientos pero no tendrá espacio para pasajeros que circulen de pie.
Bus articulado: Es un bus compuesto por dos secciones rígidas que se conectan por una unión articulada. En este tipo de vehículo los espacios dedicados para la acomodación de vehículos en cada una de las secciones rígidas estarán comunicados. La libre circulación de pasajeros de una sección a otra se realizará a través de la unión articulada.
Trolebús o Trolley-bus: Es el bus que se acciona de manera eléctrica mediante una línea aérea.
Vehículo de carga: Son aquellos vehículos a motor que por su equipo y diseño estarán destinados al transporte de carga. Estos podrán arrastrar un semirremolque o remolque.
Camión: Es aquel vehículo de carga que se destina exclusivamente al transporte de carga sobre una plataforma fijada al chasis.
Tractocamión: Es el vehículo a motor especialmente equipado y diseñado para arrastrar un semirremolque.
Semirremolque: Remolque diseñado para acoplarse a un tractocamión de forma que transfiere a éste una parte importante de su peso total.
Vehículo de locomoción colectiva: Se trata de un vehículo a motor, destinado al transporte público y remunerado de personas. Se exceptúan de esta clasificación aquellos taxis que no efectúen servicios colectivos.
Vehículo de transporte escolar: Es un vehículo a motor especialmente construido para el transporte de 7 o más pasajeros sentados, y destinado al transporte de escolares desde o hacia la escuela.
Taxi: Se trata de un automóvil de uso público destinado al transporte de personas.
Vehículo de emergencia: Este tipo de vehículos podrán pertenecer al Cuerpo de Carabineros de Chile, Cuerpo de Bomberos y también como ambulancias de instituciones fiscales. También se considerarán así a las ambulancias de establecimientos particulares que cuenten con el permiso otorgado por la autoridad que sea competente.
Carro de bomberos: Es un vehículo de emergencia que se diseñó para la extinción de incendios. Contará con una bomba impulsora y un estanque de agua, además de los equipos necesarios para el rescate de personas y el trabajo en incendios.
En la Municipalidad te realizarán una serie de exámenes para evaluar tu aptitud para conducir, incluyendo: