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¿Cubre mi seguro de automóvil los daños por vandalismo o por disturbios en la calle?

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Actualizado el 04-02-2022

Los recientes disturbios que se han producido en Chile han provocado que numerosos vehículos hayan sido dañados por actos vandálicos. Conoce como afecta eso a tu seguro de auto y si tu póliza cubre estos actos o por el contrario tienen restricciones.

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Coberturas seguro de vehículo disturbios y daños contra vehículos en Chile


Asegurar el automóvil, más allá del SOAP que solo cubre daños a la integridad física de las personas, es una inversión que puede significar la diferencia entre recuperar o perder el vehículo en caso de un choque u otras ocasiones en que resulta perjudicado.

Si bien cada contrato es diferente según plan y compañía aseguradora, muchos se preguntan qué pasa si es que el daño al automóvil fue provocado por vandalismo o desordenes en las calles, por más que el asegurado no haya participado en estos. La respuesta varía según situación y póliza.


Seguros vehiculares: ¿Cubren o no daños por vandalismo o disturbios?

Ataques con piedras, golpes de todo tipo, daños por barricadas, etc. Si bien parecen eventos poco probables, estas se convirtieron en una preocupación tras los hechos de violencia ocurridos durante el estallido social en Chile.

Al tratarse de daños sobre el vehículo o conductor en los que no existe un choque o robo, las compañías aseguradoras les dedican una porción en el contrato.

Lo cierto, es que en la gran mayoría de los casos, estos siniestros sí tienen cobertura, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones que están descritas en los contratos.


Cobertura seguro de auto incendio en vehículo actos vandálicos y disturbios


Si los daños son causados por terceros mientras el vehículo se desplaza por calles o caminos públicos y establecidos, sin que exista prohibición o restricción para ello y sin encontrarse bajo el efecto del alcohol o drogas, la aseguradora se hará cargo de cubrir el siniestro.

Cada aseguradora impone un deducible a pagar antes de proceder con las reparaciones o reemplazo es caso de daños total.

El monto depende del contrato y, es importante revisar si existe el llamado Deducible inteligente, lo que permite no tener que pagar ese deducible si que el asegurado no tuvo responsabilidad alguna en el siniestro.

Es importante recordar que, en caso de siniestros como los recién descritos, el afectado debe hacer la denuncia ante Carabineros, ya que la compañía aseguradora la solicitará.


¿Cuándo los seguros no cubren daños por vandalismo o disturbios?

Las asegurados incluyen en sus pólizas restricciones a su cobertura, aún cuando los daños sean consecuencias de vandalismo o disturbios y, que están explicados en cada contrato. Las más comunes son cuando:

Si vehículo siniestrado circula por una zona no autorizada, la aseguradora se guarda el derecho de no cubrir los daños, todo depende de las exclusiones existentes en el contrato firmado al tomar el seguro.

Otra excepción que sí o sí elimina la cobertura por vandalismo y disturbios, es si el conductor está participando en ellos, siempre y cuando el vehículo no haya sido robado o utilizado por una persona no autorizada por el dueño.

Si es que el dueño, aún cuando vaya por una vía autorizada y no participe de disturbios, está conduciendo bajo la influencia del alcohol, drogas o medicamentos que impiden la conducción segura.


Motivos por los que el seguro de un vehículo no cubre daños en actos vandálicos


Si el contrato indica que los conductores deben tener una edad mínima y, quien lo conduce con autorización de su dueño es menor que la edad establecida, no existirá cobertura. Lo mismo si no posee su licencia de conducir o no respeta las restricciones incluidas en esta.

Si vehículo lleva carga por sobre lo indicado por el fabricante o, se usa de manera indebida, las aseguradoras se guardan el derecho de no cubrir daños, ya que se trata de una negligencia por parte del propio asegurado.

Una de las situaciones en que existe poca claridad al respecto, son los daños provocados en contextos bélicos, ya sean con enemigos extranjeros o guerra civil, motines, sublevaciones o rebeliones, etc, siempre y cuando su comisión esté sancionada por la Ley de Seguridad del Estado.

En estos casos y, si el asegurado no participa en los eventos recién descritos, las compañías aseguradoras pueden discutir que no corresponde la cobertura. Si esta se niega, es posible apelar a la Superintendencia de Valores y Seguros o, incluso ante la Justicia civil.


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