Guía para conducir un scooter o bicicleta eléctrica legalmente

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Actualizado el 12-09-2024

Las bicicletas y los scooters eléctricos son una de las opciones preferidas por los chilenos para desplazarse, especialmente en ciudad. Aprende a utilizarlos de manera segura y legal y consulta las multas y sanciones a las que te puedes llegar a expones

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En los últimos años, las calles y veredas se han llenado de bicicletas y scooters eléctricos, los cuales están en un área gris de la ley, ya que las personas no saben si se consideran vehículos motorizados que requieren una licencia de conducir clase C.

¿Es necesaria una licencia de conducir para usar una bicicleta eléctrica? La respuesta se ajusta a las características de cada modelo de bicicleta a motor, ya todo depende de la potencia de este y la velocidad que pueden alcanzar.


¿Qué tipo de bicicletas eléctricas requieren licencia de conducir y patente?

La nueva Ley de Convivencia Vial, establece dos tipos de vehículos: Los motorizados y los ciclos. Los primeros engloban a los automóviles y motos, etc., mientras que los segundo considera a bicicletas, skates, patines y scooters, incluyendo los con motor siempre y cuando cumplan ciertas condiciones.

Una bicimoto con motor de 49 cc y cuya velocidad máxima al ser impulsada exclusivamente con su motor no sea de más de 25 kilómetros por hora, está sujeta a las mismas reglas que regulan a las bicicletas.

Es decir, puedes usarla en una ciclovía y no no necesitas licencia de conducir. Si incumples alguna de las normativas exclusivas para bicicletas u otros ciclos, pueden sacarte una multa.

Un scooter o bicicleta con motor, es considerado un ciclo siempre y cuando su velocidad máxima no sea superior a los 25 kilómetros por hora y, la potencia del motor sea igual o inferior a los 250W.


Tipos de licencia de conducir según el scooter o bicimoto a manejar

Si una bicicleta eléctrica supera los límites legales, no importa si venía con motor o este se añadió después, es considerada como un vehículo motorizado y, por ende requiere no solo de una licencia de conducir clase C, sino que también deberá llevar una placa patente, contratar el SOAP para motos y pagar anualmente el permiso de circulación.

Todo depende de si tu moto utiliza gasolina o es eléctrica. En el primer caso y por más que su motor sea de 49 cc, necesitas una licencia clase C, patente, permiso de circulación, revisión técnica y SOAP. En cambio y si su motor es eléctrico, se le considera un ciclo, por lo que no requieres licencia u otro tipo de documentos.

Así pues, para conducir una moto eléctrica cuyo motor tenga una potencia superior a los 0,25 watts, necesitas obligatoriamente una licencia de conducir clase C, además de patente, permiso de circulación, SOAP y Revisión Técnica.

Para conocer el tipo de licencia también dependerá de si tu motor mosquito es eléctrico o utiliza gasolina. En el primer caso, siempre y cuando su potencia no supere los 0.25 watts, puedes conducir sin licencia ni patente.

Si el motor usa bencina u otro tipo de gasolina, no importa la cilindrada, necesitas sacar patente, permiso de circulación, SOAP y Revisión Técnica, además de contar con una licencia de conducir clase C.


Bicicleta a motor cómo conducirla y evitar multas y sanciones


Asimismo, las bicicletas con motor que entren dentro del concepto de motorizado, no podrán circular por las ciclovías, solo por las calles en los mismos espacios que usan autos y motos, además de regirse por las mismas reglas. 

Si la bicicleta apaga su motor y solo se impulsa por pedaleo, puede usar ciclovías

La velocidad máxima no considera la que se alcanza cuando la persona pedalea, por lo que una bicicleta eléctrica cuyo motor se desactive una vez llegada a esa velocidad y, sea el mismo individuo el que la pueda superar pedaleando, sigue siendo considerada un ciclo y por ende no requiere patente, SOAP o licencia de conducir.


¿Los scooters eléctricos pueden circular por la vereda?

Los scooters eléctricos entraron con fuerza en el último tiempo y, no son pocos los accidentes que involucran a peatones golpeados por estos vehículos con motor que circulan por las aceras.

Pero ¿Los scooters eléctricos pueden ir por la vereda? La ley los considera como ciclos, por lo que deben circular por las ciclovías o, de no existir, por la calle con las mismas indicaciones que se aplican a las bicicletas.

La Ley de Convivencia Vial, hace algunas excepciones que permiten a los ciclos andar por la vereda y que se relacionan con quien los conduce.

Estas son:

  • Niños menores de 14 años
  • Adultos mayores
  • Adulto que acompaña a un niño menor de 7 años
  • Personas discapacitadas

Otra excepción es si, por el clima o malas condiciones de la calle o ciclovía, se hace peligroso andar por ellas. Esto se aplica a todos por igual, pero si Carabineros o Inspectores los sorprenden, el determinar que era peligroso ir por las vías que les corresponden quedan a su criterio y podrían multarlos.


Multas para quienes no respeten las leyes

Quienes incumplan las normas de la Ley de Convivencia Vial, ya sean ciclos o vehículos motorizados, se exponen a multas que van entre los 0,25 y 0,5 UTM, aproximadamente entre $13.500 y los $28.114.

También se multará a los ciclistas o quienes usen otros ciclos y no lleven casco y otros elementos de seguridad obligatorios.


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